La obligación se aplica a todas las partes implicadas en los traslados de residuos:
En resumen: Todas las partes implicadas en el traslado de residuos.
Las notificaciones confirmadas por la autoridad competente de destino antes del 21 de mayo de 2026 siguen siendo válidas con arreglo al Reglamento (CE) nº 1013/2006 actualmente en vigor.
(Base jurídica: Reglamento (UE) nº 2024/1157, artículo 85, apartado 3).
En particular, para una notificación se requiere lo siguiente
Los requisitos completos figuran en el Reglamento (UE) 2024/1157, anexo II(Diario Oficial de la UE).
ZEDAL International le ayuda en la creación, gestión y transmisión digital de estos documentos.
El Sistema Digital de Traslado de Residuos (DIWASS) es el sistema central de la UE para la tramitación digital de los traslados transfronterizos de residuos. A partir del 21 de mayo de 2026, todos los trámites solo podrán realizarse electrónicamente, tanto a través de DIWASS como de los sistemas de las autoridades nacionales y las soluciones informáticas de empresas como ZEDAL International.
Puede empezar en unos pocos pasos:
La obligación de archivo se amplía con el nuevo Reglamento (UE) 2024/1157 sobre el traslado de residuos:
Recomendamos un archivo centralizado a prueba de auditorías, como el que ofrece ZEDAL International.
El Sistema Digital de Traslado de Residuos (DIWASS) es el sistema central de la UE para la tramitación digital de los traslados transfronterizos de residuos. A partir del 21 de mayo de 2026, todos los trámites solo podrán realizarse electrónicamente, tanto a través de DIWASS como de los sistemas de las autoridades nacionales y las soluciones informáticas de empresas como ZEDAL International.
Sí, el formulario del anexo VII también deberá presentarse digitalmente a partir del 21 de mayo de 2026. Con ZEDAL International, ya puede crear y presentar electrónicamente el anexo VII hoy mismo.
Sí, y se lo recomendamos encarecidamente. Si empieza pronto, podrá probar los procesos, formar a los empleados y preparar el cambio con tiempo suficiente. Muchas empresas ya utilizan ZEDAL Internacional con éxito.
El Reglamento prevé un procedimiento de autenticación electrónica en el futuro. Todavía se está dilucidando si los transportistas también tendrán que firmar. Sin embargo, una cosa es segura: los transportistas deben participar activamente en el proceso digital, incluso para los envíos del Anexo VII.
Esto ya es posible hoy con ZEDAL International, incluida la interoperabilidad garantizada con el sistema DIWASS de la UE.
Sí, para utilizar ZEDAL International en toda su extensión, es necesaria una instalación local: existen pequeños plugins para determinadas funciones, como la visualización de formularios o la firma electrónica(ZEDAL Forms Plugin y TFS Plugin). También pueden utilizarse en entornos de servidor terminal.
La asistencia está disponible los días laborables de 7.00 a 18.00 horas por teléfono o a través del sistema de tickets de ZEDAL (símbolo del receptor telefónico).